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Modifican Ley Impositiva en lo concerniente a la Revisión Técnica Obligatoria

La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio media sanción al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo por el cual se modifica la Ley Impositiva para el ejercicio 2019 – Ley 9118 -, en lo relacionado a Tasas Retributivas de Servicios de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).


La media sanción, introduce cambios en el Apartado 1 del inciso XXXVII del Artículo 25 del Anexo Tasas Retributivas de Servicios, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Por concepto de tarifas por la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos de pasajeros y de cargas en la jurisdicción provincial, que las respectivas cooperativas revisoras ejecuten a causa de los convenios anexados a los Decretos N° 132/97 y N° 2473/04, todos ellos vencidos al 1° de enero de 2005 y meramente eficaces con posterioridad por ultra actividad concesional, sin el beneficio de la reconducción de plazos:

1. Por revisión completa, incluido el control de humos:

  • Motovehículo de transporte $142,00
  • Vehículo grande (de más de 2.500 Kgs.) $541,00
  • Vehículo mediano o chico (de 2.500 Kgs. o menos) $295,00
  • Remolque, semirremolque o acoplado de más de 2.500 Kgs. por separado del vehículo tractor $344,00
  • Remolque, semirremolque o acoplado de 2.500 Kgs. o menos, por separado del vehículo tractor $344,00”.
Según consta en los fundamentos del proyecto elevado por el Ejecutivo, y tal como explicó en el recinto el diputado Jorge López (UCR) – presidente de la comisión de Hacienda -, esta modificación “surge de la falta de actualización” de estas tasas “en función al promedio de los aumentos aplicados a las restantes tasas contenidas en la Ley N° 9118”.


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