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Diputados dieron media sanción a la prioridad de atención a embarazadas, gestantes, adultos mayores y personas con discapacidad

Diputados dieron media sanción a la prioridad de atención a embarazadas, gestantes, adultos mayores y personas con discapacidad



La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio media sanción al proyecto de Ley de Cecilia Rodríguez (UCR) al que se le acumuló una iniciativa similar de María José Sanz (UCR), por el cual se establece con carácter de obligatorio otorgar prioridad de atención a adultos mayores, mujeres embarazadas y/o gestantes y personas con discapacidad o movilidad reducida.


La medida abarcará a todo establecimiento público dependiente de la provincia, como así también a todo establecimiento privado que brinde atención al público a través de cualquier forma o modalidad.

Por otra parte, se incorpora al Código Contravencional el artículo 85 bis, disponiendo que el establecimiento privado que no cumpla con tales disposiciones o no exhiba cartelería de exigencia de dicha prioridad, será sancionado su titular con multa de 500 hasta 2000 U.F. y/o inhabilitación del local por el término máximo de 30 días. Para la aplicación de las multas, se deberá tener en consideración la cantidad de operaciones que realiza el comerciante, establecimiento o entidad financiera, la magnitud de la empresa, los medios a su alcance para brindar atención prioritaria, evitando las esperas de los usuarios y los antecedentes que se registren ante esa entidad los últimos 3 años.

En el caso de los establecimientos públicos, las sanciones por incumplimiento deberán estar en total conformidad con el estatuto del empleado público, atender la cadena de responsabilidades que el mismo establece, garantizar capacitaciones sobre la temática a las y los agentes, y ser especificadas en la reglamentación.

A efectos de constatar tales condiciones personales, la iniciativa señala que servirá el certificado médico de embarazo, para el caso de mujeres embarazadas o personas gestantes cuando éste no sea evidente; el Certificado Único de Discapacidad, y el DNI para el caso de personas adultas mayores de 60 años. Se excluye de estas disposiciones las dependencias que en forma permanente o transitoria atiendan trámites relacionados específicamente con las personas enunciadas.

Por otra parte, se establece que las reparticiones y establecimientos comprendidos en esta normativa, deberán obligatoriamente realizar campañas de concientización arbitrando los medios necesarios a fin de propiciar una adecuada difusión de esta norma, y exhibir cartelería que indique que el lugar brinda atención a las personas pertenecientes a estos grupos, a través de indicadores ubicados en lugares visibles de acceso público.

Asimismo, se prevé que los fondos recaudados de las sanciones aplicadas por el incumplimiento a esta Ley, serán destinados a las campañas de concientización.

En caso de violación a la prioridad de atención, la Dirección de Defensa del Consumidor podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones referidas en el Artículo 57 de la Ley de Defensa del Consumidor.

Durante el tratamiento en el recinto, la diputada Cecilia Rodríguez señaló que el proyecto “tiene que ver con una experiencia que se ha venido realizando en la municipalidad de Mendoza, tiene que ver con valores, tiene que ver con el respeto, la solidaridad, la empatía y el compromiso”.

Dijo además que desde el Estado, tanto provincial como desde los municipios, “es importante involucrarse tanto en la concientización en lo que tiene que ver con la prioridad de atención a personas mayores, embarazadas y personas con discapacidad como en las sanciones si la priorización en la atención no se cumple”.

También la legisladora radical, María José Sanz dio detalles de los alcances generales de la iniciativa al señalar que “estamos estableciendo para la provincia de Mendoza la obligatoriedad en la priorización en la atención de estas personas, en los ámbitos públicos y privados, en todos aquellos establecimientos que den atención al público cualquiera sea su forma o modalidad de atención, para que no existan demoras o dilaciones o esperas en los turnos.”

Su par Marcela Fernández reflexionó sobre el particular al considerar que se pretende “que los derechos sean garantizados para que sean efectivos” y en tal sentido, dijo que la obligatoriedad y lo punitivo tienen que ver con que “en lo cultural es más lento el proceso de cambio”.

Por su parte, Jorge Difonso (FR-UP) también ponderó el trabajo realizado en las comisiones, mientras que desde el PRO, se abstuvieron en dos artículos.

Desde la oposición, quienes hicieron uso de la palabra coincidieron “en el espíritu” de la Ley presentada pero se mostraron contrarios a las sanciones punitivas determinadas en el articulado por considerar que “es necesario crear programas de concientización que provoquen cambios culturales”.

En este sentido se pronunciaron los legisladores del FdT-PJ, Néstor Márquez, Silvia Stocco y Marcelo Aparicio. También Mercedes Llano (PD) quien indicó que “concuerdo con el espíritu general de la norma, constituye una norma básica de respeto en la sociedad, pero entiendo que la fortaleza de los cambios culturales no vienen de leyes punitivas”.

De igual forma, desde el Frente de Izquierda, Mailé Rodríguez acompañó en general el proyecto pero en contra de los artículos que se refieren a las medidas punitivas a través del Código Contravencional de la provincia.

Finalmente, desde Ciudadanos por Mendoza, Mario Vadillo indicó que “a esta Ley no hay que enviarla al Código Contravencional sino a Defensa del Consumidor” que según su opinión, “es el organismo adecuado para resolver este tema”, remarcando que “las multas solo perjudicarán al privado”.



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