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PASO 2021: cuáles son las multas por violar la veda y por no ir a votar

PASO 2021: cuáles son las multas por violar la veda y por no ir a votar




El período de restricciones regirá a partir de las 8 de este viernes, 48 horas antes del inicio de los comicios. Se extenderá tres horas después de cerradas las mesas.



La veda electoral de cara a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del domingo 12 comienza este viernes a las 10. Desde ese momento quedarán prohibidas una serie de actividades de manera excepcional.

Por ejemplo, a partir del sábado desde las 20 horas hasta el domingo a las 21 (tres horas después de finalizado el comicio), estará prohibirá la venta de bebidas alcohólicas.

Los comicios se abrirán a las 8 de la mañana en todo el país y las mesas de votación se cerrarán a las 18 horas.

Qué no se puede hacer

El artículo 71 de la reglamentación de la CNE prohíbe cuatro actividades en particular de cara a las próximas elecciones PASO 2021:
  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales
  • La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 10 hasta las 21 del domingo)
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral
  • Prohibición de portar armas
  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias
Cuáles son las multas

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si se comprueba la falta.

El artículo 136 del Código Electoral Nacional establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario".

Esta norma reprime también, en el artículo 131, con la misma pena al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.

La pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" (artículo 140), es de dos meses a dos años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio" (artículo 141) se lo castigará con hasta tres años.

A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $ 10.000 y $ 100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

También serán multadas las personas que no concurran a votar y no puedan justificar su ausencia. Habrá excepciones, como los faltazos por caso confirmado o sospechoso de coronavirus.

“En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”, señala la disposición para las PASO.

De ser así, el ciudadano deberá argumentar su situación mediante el certificado médico correspondiente y gestionar la justificación luego de trascurridos los comicios.

En cambio, a aquellos ciudadanos que no puedan fundamentar su falta en el día de los comicios, les corresponderá una multa por infringir el Artículo 125 del Código Electoral.

“Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, señala la CNE y aclara que la sanción es acumulativa.

Fuente: El Sol



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