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Medidas propuestas en la Cámara de Senadores por el Senador Samuel Barcudi

La Legislatura de la Provincia de Mendoza sigue trabajando en estos días de aislamiento obligatorio, por medios virtuales, garantizando el tratamiento de toda aquella iniciativa que contribuya a paliar de la mejor manera posible las consecuencias de la pandemia, evitando al mismo tiempo que continúe su propagación.


Además se presentó un proyecto para que desde el Ejecutivo provincial se instruya a los medios de comunicación locales, a aclarar siempre las fuentes de la cual obtienen información de todo lo relacionado a la transición, tratamiento y condiciones actuales del virus COVID-19. Entendiendo se hace entendiendo la fundamental importancia que cumplen los comunicadores ante esta pandemia, informando sobre medidas de cuidado, protección, etc. Pero también debemos buscar siempre que la información que circula sea certera y no genere pánico ni temor en la sociedad, ya que hoy en día a través de las redes sociales circula mucha información de dudoso origen y escaso rigor científico.

Por otro lado se ha presentado un proyecto con un paquete de medidas destinadas a la OSEP, que contempla, primero, la suspensión de las bajas no voluntarias de afiliados de OSEP, de manera excepcional hasta tanto dure el aislamiento social, esto, como medida preventiva ante el contagio del virus COVID-19, a fin de salvaguardar la situación individual, familiar y colectiva de toda la población mendocina.

Además, si bien sabemos que el sistema sanitario en particular se está ocupando de manera muy efectiva a evitar la propagación del COVID-19, también es cierto que la OSEP tiene afiliados que sin estar contagiados de Coronavirus, necesitan atención permanente por poseer enfermedades crónicas o padecimientos que necesitan atención continua. Por eso, entendemos que pueden existir mecanismos de fácil aplicación que contribuyan al mejor servicio de la obra social a todos sus afiliados.

En este sentido, la creación de plataformas virtuales y/o telefónicas que puedan realizar el seguimiento permanente de estos pacientes puede ser útil en los momentos que corren.

Paralelamente, se presenta el problema de muchos afiliados que deben mantener medicaciones o bien sufren nuevas afecciones durante el periodo de aislamiento obligatorio, lo que conlleva la visita a instituciones médicas, generando por un lado, el peligro al contagio durante el traslado.

Pero al mismo tiempo, esto puede conllevar la saturación del sistema sanitario mendocino que, como bien decíamos párrafos arriba, está abocado centralmente, a la atención de todo lo relacionado con el COVID-19.

Ante eso, creemos que una buena respuesta, puede ser la emisión de recetas digitales que, teniendo la misma validez que las escritas manualmente por los profesionales médicos, puedan ser utilizadas en farmacias para la compra de medicamentos.

Esta última medida en conjunto con la anterior puede funcionar con muy buenos resultados de manera coordinada.

Por último, queremos referirnos a la situación particular de prestadores privados que prestan servicio para la OSEP. Según la normativa de la obra social, el pago a estos prestadores se realiza a los tres meses posteriores de la prestación del referido servicio.

Esa situación en los momentos que corren se torna más gravosa para estos prestadores que deben seguir manteniendo las prestaciones y cumpliendo sus obligaciones de manera regular teniendo en consideración que las fuentes de ingreso se han reducido considerablemente.

Por eso, entendemos que de manera excepcional la OSEP podría hacer efectivo el pago de manera adelantada de las sumas correspondientes de uno de esos meses, de ser conveniente el primero en el tiempo, a fin de evitar que el monto de devalúe.

También, mediante otro proyecto, hemos instado al Gobernador de la Provincia de Mendoza, tenga a bien adherir al decreto N° 260/2020 de Emergencia Sanitaria y el N° 297/2020 de Asilamiento social preventivo obligatorio, a partir de los cuales se amplía la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año y se establece para todas las personas la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, disponiendo medidas de control de cumplimiento y seguridad, y permitiendo a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios que dicten las medidas necesarias para implementar lo dispuesto como delegados del gobierno federal, conforme lo establece el artículo 128 de la Constitución Nacional.

Además, presentó un proyecto de resolución tiene como fin solicitar a la Dirección de Fiscalización y Control de la Provincia de Mendoza realice los controles necesarios para el efectivo cumplimiento de la Resolución 86/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo que establece la regresión transitoria del precio de venta del alcohol en gel en todas sus presentaciones cuya comercialización se encuentre autorizada en el territorio nacional, a los valores vigentes al día 15 de febrero de 2020.


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