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Julieta Silva deja la cárcel

Para los jueces Néstor Murcia, Jorge Yapur y Alejandro Celeste, no hay suficientes motivos para considerar que lo que Julieta cometió contra Genaro Fortunato haya sido un “homicidio doloso doblemente agravado por el vínculo y por alevosía”, sino que impuso una doble imputación (alternativa) para que se investiguen las hipótesis de homicidio simple y homicidio culposo agravado mientras la causa llega a juicio. Además, le dieron a la imputada prisión domiciliaria entendiendo que no hay riesgo de fuga.


Los jueces que integran el Tribunal Penal de Menores, que en este caso actúa como Cámara de Apelaciones, no compartieron el criterio del juez de Garantías Pablo Peñasco e indicaron que, tal como afirmó el nuevo abogado defensor de la acusada, Alejandro Cazabán, la acusada no vio cuando Fortunato cayó al piso, ni tampoco que se encontraba delante del auto cuando ella regresaba. Además valoraron el estado del tiempo y el déficit visual de la joven, como también así la poca iluminación que existía esa noche en el lugar en donde lo atropelló.
Consideraron el testimonio de otros testigos, además del cuida-coches, que no habían sido demasiado escuchados por Peñasco. Al igual que Julieta, a los testigos también les costó distinguir que lo que estaba tendido en la calle era un cuerpo humano, lo vieron después y eso indica para los jueces, que no había iluminación suficiente. Incluso, recordó el tribunal, que la policía debió llevarse el auto del lugar del hecho para hacer los peritajes correspondientes, dado que había poca luz para hacer sus tareas de rigor. Valoraron también, el grado de alcoholización de Julieta y que por la hora seguramente estaba con sueño, como así también las malas condiciones climáticas, por lo que es posible suponer que no vio el cuerpo.

En la audiencia de prisión preventiva, la fiscal Andrea Rossi había dicho que Julieta actuó con frialdad, que no se acercó a ver el cuerpo de su novio. Los jueces de este tribunal no lo consideraron así, puesto que de hecho, por el estado de nervios que tuvo la joven, debió permanecer internada tres días en el área de Psiquiatría del hospital Schestakow.

En conclusión:

Para los jueces en este caso no debe investigarse un homicidio doblemente agravado sino las imputaciones de homicidio simple y homicidio culposo agravado. La doble imputación o imputación alternativa, es una facultad que prevé el Código Procesal Penal.

Respecto de las agravantes puntualmente, por una parte, no consideraron los magistrados que haya existido una relación de pareja suficiente para que se dé el caso de “homicidio agravado por el vínculo”, ya que no se daba todavía un proyecto de vida en común. De hecho, todavía Genaro no le presentaba a Julieta a gran parte de su familia. En su declaración, Fausto Fortunato, el hermano de Genaro, dijo que para él “era una relación pasajera”, porque no la había presentado a la familia, y el padre de Julieta tanto como Pablo Tabanera (el ex novio de ella y padre de sus hijos) no sabían de la relación. Por lo tanto, el tribunal consideró que debe descartarse el agravante de la relación en pareja y le pidió prudencia a la fiscal a la hora de imputar a una persona en un caso como este.

En cuanto al agravante de “alevosía”, dijeron que los argumentos del juez de garantías son insuficientes y que no hay pruebas que avalen la calificación de dicho agravante.

No se pudo probar además, el aprovechamiento de la condición de indefensión de Genaro puesto que para estos jueces, es muy probable que la joven no haya visto su cuerpo tendido en la calle, por lo que no es aplicable tampoco esa agravante en este caso.

Los magistrados consideraron que Julieta actuó imprudentemente porque sabía que tenía que usar anteojos, sabía que había tomado y que la visibilidad era mala por las condiciones del tiempo.

Dado que para los magistrados no existe riesgo de fuga, se mantiene la prisión preventiva pero bajo la modalidad de domiciliaria, la que deberá llevar adelante en su casa de la ciudad de San Rafael, estando a cargo de una persona mayor de edad y usando una pulsera que entrega el Servicio Penitenciario.

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