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Ordenanza para Mejorar la Seguridad Vial en el Barrio Valle Grande de San Rafael






Un grupo de concejales del Partido Justicialista presentaron un proyecto de ordenanza para mejorar la seguridad vial en el barrio Valle Grande de San Rafael. 


La Ordenanza Nº 8955/2007 establece que en el sector de la ciudad de San Rafael, comprendido entre Av. Alberdi y Calle Islas Malvinas, se establece un sentido único de tránsito en ciertas calles.

Sin embargo, en el barrio Valle Grande, las calles San Lorenzo y Las Heras tienen un doble sentido de tránsito, lo que ha complicado el ingreso y egreso de vehículos y ha producido accidentes en las intersecciones con Av. Irene Curie.

El proyecto de ordenanza propone establecer un sentido único de circulación para las calles Las Heras y San Lorenzo, prohibir el estacionamiento en uno de los másgenes de la mencionadas calles y comunicar los cambios a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia de Mendoza. 

La ordenanza debe ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de San Rafael, comunicarse al Departamento Ejecutivo y publicarse en el Digesto Municipal. La finalidad es mejorar la seguridad en la zona y reducir los accidentes de tráfico.

ORDENANZA Nº

ARTICULO Nº 1: DISPÓNGASE como “ÚNICO SENTIDO” de circulación de Norte a Sur para la calle Las Heras desde Av. Bartolomé Mitre hasta la calle Puerto Argentino.

ARTICULO Nº 2: DISPÓNGASE como “ÚNICO SENTIDO” de circulación de Sur a Norte para la calle San Lorenzo desde la calle Puerto Argentino hasta la Av. Bartolomé Mitre.

ARTICULO Nº 3: PROHIBIR el estacionamiento en la margen ESTE de la calle Las Heras en toda su extensión.

ARTICULO Nº 4: PROHIBIR el estacionamiento en la margen Oeste de la calle San Lorenzo en toda su extensión.

ARTICULO Nº 5: COMUNICAR lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia de Mendoza, solicitando que emita Resolución.

ARTICULO Nº 6: CUMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese desde el registro de Ordenanzas y al
Digesto Municipal.

ARTICULO N° 7: DE FORMA



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