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La DGE estableció el reglamento para abanderados y escoltas de nivel secundario





Con un adecuado criterio basado en la equidad escolar, las instituciones educativas cuentan con el reglamento para comenzar este proceso tan importante como es el de portar la bandera nacional y provincial.


La Dirección General de Escuelas (DGE) pone a disposición la Resolución 8340, donde se establece la reglamentación para el proceso de elección de abanderados y escoltas de nivel secundario, para portar tanto la Bandera nacional como la provincial.

Este reglamento se aplica a todas las escuelas del nivel, tanto de gestión estatal como privada y en sus diferentes modalidades.

Podrán participar en la elección los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos: tener aprobados todos los espacios curriculares durante el período regular de clases en todos los años de su trayectoria de nivel secundario; ser estudiante regular en penúltimo año del nivel secundario, esto es, 4º año para secundarias orientadas y 5º año para secundarias técnicas.

Podrán también participar en la elección de abanderados los estudiantes que se encuentren bajo “Escolaridad protegida”, siempre que reúnan las condiciones expuestas anteriormente.

No podrán participar en la elección de abanderados los estudiantes que se encuentren en situación “condicional”, sea por motivos de inasistencias o por pérdida de puntos Índice de Convivencia Escolar (ICE).

Por medio de esta resolución, se informará a la Dirección de Tecnologías de la Información para hacer las adecuaciones técnicas en el Sistema de Gestión Educativa Mendoza (GEM) para facilitar la aplicación de esta norma legal.

El director de Educación de Nivel Secundario, Emilio Moreno, expresó que “en esta resolución quedó establecido que podrán participar los jóvenes que hayan perdido hasta cinco puntos ICE solamente por faltas leves, ya que consideramos que el sistema disciplinario invita a reflexionar sobre los comportamientos”.

Se adjunta la Resolución con el Anexo correspondiente.



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