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Despacho favorable a modificar la Ley de Seguridad Vial para reducir a leves las multas por no usar las luces bajas

Foto: Diario Uno

Tiene despacho favorable proyecto que modifica la Ley de Seguridad Vial para que el no uso de luces bajas en Mendoza pase a ser falta leve y no grave.

En Mendoza, quien circule en su vehículo sin las luces bajas encendidas ya no se arriesgará a que lo sancionen con el calificativo de falta grave, sino de falta leve y con ello se reducirá notablemente el monto de la multa que deberá abonar. Así, de tener que pagar entre $11.000 y $15.400 ahora pasará a abonar de $1.540 a $2.200.

Todo esto será así se aprueba un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados que ya tiene despacho favorable en comisiones. La iniciativa fue de Gustavo Cairo (PRO) y Maricel Arriaga y Adrián Reche, de la Unión Cívica Radical. La propuesta es sumar a la Ley de Seguridad Vial que rige en la provincia, la contemplación del nuevo sistema lumínico con los que algunos vehículos ya vienen equipados de fábrica.

Este martes, la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales le dio despacho favorable al proyecto.

“Las modificaciones que se plantean surgen como acuerdo pactado del Consejo Provincial de Seguridad Vial”, señaló Arriaga, quien integra ese cuerpo.

“Actualmente el no cumplimiento del artículo 52, inciso 3, - que prohíbe circular por la vía pública sin las luces bajas encendidas desde el comienzo de la circulación - es considerado como multa grave. Esto implica como resarcimiento económico de 500 hasta 700 U.F. (unidades fiscales) determinadas por la Ley Impositiva. Teniendo en cuenta el valor de UF actual, una sanción significaría de $11.000 a $15.400”, dijo la diputada en la fundamentación.

“En base a lo expuesto por los distintos actores que integran el Consejo Provincial de Seguridad Vial, se visibilizó la necesidad de reducir como multa leve tal incumplimiento, quedando establecida esta infracción a un resarcimiento económico que va desde 70 a 100 U.F. Al reducir el rango de sanción constituiría, al valor actual de la UF, entre $1.540 y $2.200”, añadió.

La diputada destacó que “el avance y desarrollo tecnológico nos instan a actualizar la norma legal, ya que los vehículos más modernos vienen provistos de fábrica con un sistema lumínico que incluye las luces de circulación diurnas o sus siglas en inglés D.R.L.-Daytime Running Lights- las cuales se accionan automáticamente al encenderlo, y tienen como función específica advertir a los demás usuarios de la vía, la presencia y dimensiones aproximadas del vehículo durante el día. Teniendo en cuenta la finalidad que poseen, pueden reemplazar a las luces bajas”.

Arriaga expresó que “los usuarios de estos vehículos utilizan este tipo de luces, pero la autoridad de control sanciona, debido a que la normativa legal vigente no establece como opcional su uso. Por este motivo, y a fin de incorporar las novedades en materia de seguridad activa y pasiva, es indispensable modificar la ley".

Gustavo Cairo indicó por su parte que Mendoza “es la única provincia que lo exige dentro del país, en las zonas urbanas. Se trata de bajar la categoría de multa”.

"No caben dudas de que la obligatoriedad de circular con luces bajas encendidas en forma permanente en zonas netamente urbanas, donde generalmente se circula a baja velocidad se torna una medida innecesaria, dado que no incide en la producción de accidentes o dicho de otro modo, no evita la producción de los mismos". No obstante, sostuvo, "éste es un paso importante".

Fuente: Prensa Cámara de Diputados de Mendoza.



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