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Analizan la regulación de la actividad del “Acompañante Terapéutico”

Analizan la regulación de la actividad del “Acompañante Terapéutico”



La Comisión de Salud Pública que preside Hebe Casado (PRO), recibió al diputado Mario Vadillo (CxM), con quien analizó un proyecto de su autoría que busca la regulación en el ámbito de la Provincia de Mendoza del ejercicio de la actividad de los “acompañantes terapéuticos”.


Vadillo propuso ante la comisión, se realicen modificaciones en el proyecto, con el fin de “comenzar a regularizar la actividad, darle un marco legal como punto de partida, y que el Ministerio de Salud establezca, según las disposiciones que crea conveniente, las exigencias académicas y prácticas que deban cumplir las personas que desempeñan esta tarea”.

En esa línea, agregó que la idea es comenzar “con reconocer que estas personas existen y darle legalidad a su trabajo”, al tiempo que expresó que esta actividad hoy no está regulada, “están en un estado de precarización laboral que no les permite acceder a beneficios de obra social, no les permite facturar, ni avanzar en su carrera”.

Por su parte, Hebe Casado expresó que “ya hay una carrera habilitada en la UMaza, pero los costos son elevados para ellos”, al tiempo que afirmó que “son muy necesarios, mucha gente necesita de los acompañantes terapéuticos, y hay que atender la necesidad laboral y de formación que tienen. Algunos son docentes especializados, algunos psicólogos, estudiantes de psicología, otros han hecho cursos, por ello necesitamos reconocer o diferenciar la formación”

Los miembros de la Comisión, decidieron solicitar opinión al Ministerio de Salud para que se exprese al respecto e incluya aportes en la iniciativa.

En el texto del expediente se define al “Acompañante Terapéutico” como un agente de salud con formación teórica-práctica de nivel superior, cuya función es brindar al usuario en las actividades individuales, sociales y ocupacionales de su vida cotidiana, con el fin de colaborar en la recuperación de la salud, el mejoramiento de la calidad de vida y la reinserción social. Para integrar equipos interdisciplinarios, participando en la el elaboración de las estrategias de tratamiento no farmacológico, brindando contención y atención en forma personalizada al paciente y a su familia para que pueda lograr su recuperación, el mejoramiento de su calidad de vida y/o su reinserción social.

La tarea del Acompañante Terapéutico abarca el trabajo con niños, adolescentes, adultos, adultos mayores, personas en final de la vida en situaciones de vulnerabilidad, personas con discapacidad múltiple, ámbito judicial, enfermedades clínicas crónicas y/o en situaciones de catástrofes sociales o naturales.

Entre sus funciones se encuentran realizar acciones de atención, prevención y promoción de la salud y de la salud mental de personas que atraviesen una situación de vulnerabilidad que afecte su situación de salud y/o de salud mental, a partir de experiencias desplegadas en torno a las actividades de la vida diaria, educación, trabajo, recreación y participación social, de acuerdo a estrategias consensuadas con los profesionales de salud y los equipos interdisciplinarios que están a cargo de él o la paciente.

De igual manera puede acompañar en el área social y comunitaria para la prevención y la promoción de la salud y la calidad de vida de personas, grupos y comunidades, para la intervención en situaciones críticas de emergencias y catástrofes y para la protección y promoción de los derechos humanos en general. Diseñar, desarrollar, validar, evaluar y aplicar métodos y técnicas para la promoción y sostenimiento de formas de vida llevadas adelante en lo comunitario, de la manera más autónoma posible para las personas en tratamiento. Como también, promover el fortalecimiento de los vínculos familiares, amistades, relaciones laborales y /o sociales en un proceso favorecedor de la inclusión social y de la vida autónoma; y planificar, organizar, dirigir, monitorear y participar en planes y programas docentes, carreras y asignaturas de grado y de posgrado concernientes a la formación y/o la práctica de los/as acompañantes terapéuticos, en escuelas, institutos, facultades, universidades, y otros ámbitos académicos específicos.



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