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El inmobiliario sube un 34% y habrá moratoria

La Cámara de Senadores aprobó hoy, por mayoría de votos, las leyes que fijan la política tributaria para el 2020. Ambos proyectos fueron aprobados este mediodía por 20 votos a favor y 12 en contra con los senadores presentes. 


La Cámara de Senadores aprobó hoy, por mayoría de votos, los proyectos de Avalúo e Impositiva que ya contaban con media sanción de la Cámara de Diputados desde ayer. De esta manera, ambos proyectos se convirtieron en ley y sólo resta la promulgación por parte del Poder Ejecutivo y su publicación en el Boletín Oficial.

Ambos proyectos, que fijan la política tributaria del año, fueron aprobados este mediodía por 20 votos a favor y 12 en contra con los senadores presentes, ya que 6 legisladores se encuentran de licencia.

Estas leyes son la antesala del presupuesto anual. Sin embargo, la pauta de gastos 2020 no se tratará en la Legislatura hasta después del receso, que arranca el fin de semana y termina el próximo 24 de enero.

El gobierno de Rodolfo Suarez dispuso que no subirán las alícuotas de los impuestos provinciales para este ejercicio y esto quedó así reflejado en el proyecto de ley Impositiva. Aunque sí hubo incrementos en los avalúos que se toman de base para los impuestos Inmobiliario y de Sellos y también se pagarán tributos más caros por el efecto de la inflación.

En cuanto a los avalúos, confirmaron que hubo una actualización del 34 por ciento. Esto ya se viene aplicando desde años anteriores en los Valores Unitarios de la tierra y de las mejoras. El cálculo de avalúos está varios puntos por debajo de la inflación: crecieron 290 por ciento desde 2016, cuando en este periodo, el costo de vida trepó el 132 por ciento.

"Hay una actualización lógica de acuerdo a la inflación, pero el esquema impositivo sigue igual al de 2019. Estas leyes han salido sin el acompañamiento del justicialismo y de la oposición. En las últimas 5 leyes impositivas no acompañaron. Lo importante es que el gobernador ya cuenta con estas leyes para gobernar", indicó Jorge López (UCR), presidente de la comisión de Hacienda.

Cabe recordar que continúa el régimen de autodeclaración, aunque se excluye en esta oportunidad a las parcelas residenciales, ya que el año pasado hubo cuestionamientos. Los inmuebles alcanzados por la autodeclaración son aquellos destinados a distintas actividades comerciales. Figuran los supermercados, las entidades bancarias, los centros comerciales y las destilerías y refinerías, en otros.

La autodeclaración deberá efectuarse ante la Administración Tributaria Mendoza (ATM) mediante el procedimiento y en los plazos que reglamente. Dicho organismo "quedará facultado para disponer de oficio las tasaciones correspondientes, con cargo al responsable de la parcela”, señala el texto de la media sanción.

Por otra parte, la ley de Avalúo crea en la ATM la figura de agente de información catastral, quien deberá informar sobre las edificaciones que construyan particulares.

Con una moratoria

Sobre la ley Impositiva, López recalcó que sigue vigente "el marco de alícuotas de 2019" para los impuestos Ingresos Brutos, Sellos, Automotor e Inmobiliario, aunque aclaró que las actualizaciones, tanto de los valores de los inmuebles como de los vehículos, "impacta lógicamente en el cálculo final de los gravámenes".

Hizo hincapié, además, en que en esta ley crea “un plan excepcional de regularización de deudas”.

Respecto del impuesto de Sellos, el Gobierno mantuvo la exención para los alquileres de viviendas con cuotas de valores inferiores a los 10.000 pesos. Del mismo modo, tampoco se pagará Sellos por el alquiler de locales comerciales cuyo valor de cuota sea inferior a los 40.000 pesos.

En cuanto a los créditos hipotecarios, seguirán sin pagar este impuesto los préstamos de hasta 1,8 millones de pesos y se mantiene una alícuota disminuida para los montos superiores: entre 0,5 y 1,5 por ciento.

Acerca del impuesto Automotor, el valor de los vehículos de 2010 en adelante se rige por lo establecido por la Dirección Nacional de Registros Públicos Automotores y se mantienen los beneficios para aquel contribuyente que ha cumplido con sus obligaciones en los años anteriores.

Por otra parte, los vehículos híbridos o eléctricos abonarán en el año 2020 el 50% del Impuesto.

Los beneficios para "contribuyentes cumplidores" de Inmobiliario y Automotor llegan hasta el 25 por ciento de descuento, en tanto que aparecen exenciones en todos los impuestos para quienes desarrollen sus actividades en los parques industriales ubicados en los departamentos de Santa Rosa, Lavalle y La Paz.

Fuente: MDZ


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