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Recomendaciones por los festejos del Día del Estudiante

En el marco de los festejos por el Día del Estudiante, en concordancia con el inicio de la estación primaveral, se llevarán a cabo amplios dispositivos de prevención y seguridad, a fin de permitir una celebración sana, ordenada y dentro del marco legal, sin perder protagonismo los jóvenes en su día.  


Procurando en todo momento el resguardo de sus integridades psicofísicas, la Jefatura de Policía Distrital Dos emitió un comunicado. 

EL COMUNICADO 

La Jefatura de Policía Distrital Dos en correlación con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Seguridad y la justicia dispondrá de operativos con la afectación de personal policial de diferentes unidades policiales, a fin de practicar requisas personales o vehículos, conforme al artículo 15 de la ley 6722 y concordantes, cuya premisa principal es prevenir la comisión de delitos y/o contravenciones, sobre todo en los lugares de mayor concentración de jóvenes.

Es necesario mencionar que dicho dispositivo de seguridad, estará contemplado bajo los preceptos que establece la nueva Ley Contravencional de la Provincia Nº 9099, por ello es inherente hacer hincapié en algunas faltas estipuladas, que serán tenidas en consideración durante el mismo como son: la portación de arma blanca u objeto cortante o contundente, la portación de armas de aire comprimido o réplicas, realizar actos turbatorios como participar en peleas o incitarlas en lugares públicos o abiertos al público, ocasionar molestias en una reunión pública o en el ingreso o egreso de los lugares donde se desarrollen; además de ello se prohibirá el suministro, venta o guarda de bebidas alcohólicas en el lugar donde se realice el evento público y en sus inmediaciones, así también la concurrencia a los mismos con manifiestos signos de embriaguez o de estar bajo los efectos de estupefacientes, incluido su consumo en el interior.

A su vez se tendrá en cuenta el consumo de alcohol en la vía pública, incluso a bordo de vehículos estacionados en la vía pública, la ebriedad en lugares públicos y la prohibición de ingreso, venta expendio y consumo de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes en los lugares destinados a festejos estudiantiles.

Es dable resaltar que todas estas acciones se encuentran penadas por la ley antes mencionada, la que a su vez estipula que en los casos donde hubo intervención de menores de edad se sanciona a sus padres o tutores con multa por incumplimiento a su deber de vigilancia.


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