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Buscan prohibir a los vendedores ambulantes en el microcentro sanrafaelino

Concejales del Justicialismo presentaron un proyecto de ordenanza que, de aprobarse, prohibiría la venta en un radio céntrico muy reducido para “personas físicas que se dedican a la venta de mercadería u ofrecen un servicio en la vía pública o espacios públicos, sin puestos fijos”.


El artículo primero del proyecto presentado por el concejal Paulo Campi del Justicialismo expresa textual: “Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza N° 10.887, el cual quedará redactado de la siguiente manera: 

“Artículo 2°: Los vendedores ambulantes son todas aquellas personas físicas que se dedican a la venta de mercadería u ofrecen un servicio en la vía pública o espacios públicos, sin puestos fijos. Queda terminantemente prohibida la venta ambulante en el microcentro del Departamento de San Rafael, y dentro del radio comprendido entre las calles Rivadavia, Zapata, Edison y Emilio Civit; Independencia y Entre Ríos; Balloffet y Pueyrredón de esta Ciudad; como así también dentro de un radio de 200 mts. de donde se encuentre ubicada la Dirección de Turismo municipal. Quedan incluidas en esta prohibición, todas aquellas personas que, sin tener puestos fijos, ofrezcan servicios turísticos tales como viajes, excursiones, hospedaje, turismo aventura, entre otros. Los Vendedores que realicen su actividad fuera del radio de prohibición establecido en el presente artículo, deberán estar inscriptos en el Registro de Vendedores Ambulantes”.

De aprobarse quedaría prohibida la venta callejera con puestos fijos en todo el territorio de San Rafael, excepto los detallados en el artículo 3° de la Ordenanza Nº 10.887 y modificado por la Ordenanza Nº 11.038. Los inspectores municipales actuantes podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública y/o del Juez de Faltas de esta Segunda Circunscripción Judicial, toda vez que se coloquen puestos de venta callejera en los lugares no habilitados, para proceder a su levantamiento.


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