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Hay varios preocupados: Cornejo sale a recuperar los bienes provenientes de la corrupción

El mandatario anunció el envío a la Legislatura de 2 proyectos de ley que tienen como fin aplicar la extinción de dominio en el ámbito de la justicia provincial. Busca destinar los bienes recuperados de la corrupción a la construcción y reparación de escuelas


El Gobernador Alfredo Cornejo, junto al ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Lisandro Nieri, brindó una conferencia de prensa donde presentó el Proyecto de Ley Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio. La iniciativa tiene como fin modificar el Código Procesal Civil para aplicar la extinción de dominio en el ámbito de la justicia provincial.

Estuvieron presentes la subsecretaria Legal y Técnico del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Graciela Ceresoli y el subsecretario de Justicia, Marcelo D´Agostino.

“Queremos anunciar el envío a la Legislatura de 2 proyectos de ley. Ambos tienen que ver con la modificación al Código Civil de la Nación luego del decreto de Necesidad y Urgencia del Presidente que reglamenta la extinción del dominio para los bienes provenientes de la corrupción y de los delitos contra la Administración Pública”, detalló Cornejo.

El mandatario explicó que tras la entrada en vigencia de las modificaciones al Código Civil Nacional “las provincias debemos ajustar los códigos de procedimientos a los efectos de hacer práctico el decomiso o la incautación de esos bienes provenientes de la corrupción”.

Nieri señaló que la iniciativa “apunta a que los bienes de origen ilícito puedan ser devueltos al Estado. Y estamos incorporando que se asignen esos bienes a la construcción y reparación de escuelas. Para ello se constituirá un fondo de garantía”.

Las diferencias con el DNU

En este sentido, el Gobernador sostuvo que “nuestro proyecto reconoce algunos cuestionamientos realizados por la oposición. Se les otorga una vía de defensa a las personas acusadas penalmente de manera que puedan probar el origen de los bienes cuestionados. Pero también permite incautar esos bienes, no al final del proceso, es decir no cuando se haya terminado la causa y estén condenados, sino cuando están imputados o sospechados”.

“En caso de que la persona haya sido declarada inocente, se devolverá el bien a la persona o su precio si el bien no pudiera reintegrarse. Esto se logrará a través del fondo creado con el producido de esos activos para poder hacer frente a estas eventuales consecuencias”, expresó D´Agostino.

“El proyecto mendocino también contempla que todos esos bienes incautados vayan a un fondo especial, con asignación específica, destinado a la construcción y reparación de escuelas”, agregó Cornejo.

La recuperación de los bienes

Entre las causas abiertas más emblemáticas de la provincia, Cornejo mencionó el caso de la Tupac Amaru, en Lavalle.

De esta manera, el subsecretario de Justicia señaló que “existen muchos casos en los que están siendo investigados ex funcionarios por enriquecimiento ilícito o asociación ilícita”.

“Tenemos casos de corrupción que llevan más de 10 años, y esos bienes pueden perderse, pueden transferirse u ocurrir otras vicisitudes, de modo tal que este proceso civil autónomo del proceso penal determina la posibilidad de que el Estado pueda recuperar esos bienes sin necesidad de esperar la sentencia penal”, añadió D´Agostino.

“En distintos casos de corrupción que luego de 4, 6 o más años, los bienes se pierden, puesto que en general los hechos de corrupción no tienen sanciones en el país, ni en la provincia. Los bienes en discusión se han deteriorado por el paso del tiempo, han sido traspasados de manos o bien han tenido distintas problemáticas que no han permitido que el Estado y el pueblo recuperen los bienes que le fueron sustraídos”, agregó Cornejo.

Finalmente el mandatario adelantó: “Esta iniciativa se presentará el martes próximo en legisladores y el miércoles en diputados para tenerla cuanto antes aprobada, de manera que el Ministerio Público Fiscal pueda tener esta herramienta para varias causas que se están ejecutando”.

No se trata de una adhesión

Las autoridades explicaron que “no se trata de una adhesión” al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el Presidente Mauricio Macri ya que el DNU modificará el Código Civil Nacional abarcando sólo a los delitos federales. En el caso de Mendoza, será un proyecto de ley el que modificará el Código Procesal Civil de la provincia para aplicar la extinción de dominio en el ámbito de la justicia provincial.

Los pasos para solicitar la extinción de dominio


El Ministerio Público Fiscal deberá realizar un relevamiento exhaustivo de las causas penales en trámite dentro de los 30 días a partir de la entrada en vigencia del proyecto de ley. Además, será el organismo a cargo de solicitar la herramienta legal con la que se buscará subastar los bienes provenientes de la corrupción y del delito en general.

En tanto que el fiscal establecerá una medida cautelar con la que se dará inicio a la demanda y el juez es quién podrá pedir la venta en subasta. Lo que se deduzca de la venta ingresará a Rentas Generales de la provincia para ser destinados a la construcción y reparación de escuelas públicas.

No se creará una fiscalía especial

El subsecretario de Justicia explicó que “no se creará una fiscalía especial. Se les dará poder de acción a los fiscales civiles que van a tener una conexión inmediata con los fiscales penales, quienes llevan adelante la investigación y les irán dando cuenta de cuáles son los casos”.


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